¿Qué pasa con la CIRBE del Banco de España tras la Ley de Segunda Oportunidad?

¿Qué Pasa con la CIRBE del Banco de España tras la Ley de Segunda Oportunidad?

La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) es un registro público obligatorio regulado por la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, que no debe confundirse con los ficheros de morosos privados como ASNEF o Badexcug. Tras obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) mediante la Ley de Segunda Oportunidad, la información declarada en la CIRBE por las entidades financieras no se cancela de forma automática, pero sí debe actualizarse para reflejar la extinción de las deudas exoneradas. El tratamiento incorrecto de esta información puede vulnerar el derecho al honor del exonerado.

Desde ALTALEY Abogados y Economistas asesoramos a deudores exonerados en Madrid sobre el impacto de la CIRBE en su acceso al crédito y las vías para corregir datos inexactos.

¿En qué se diferencia la CIRBE de ASNEF o Badexcug?

La diferencia es estructural:

ASNEF y Badexcug son ficheros de morosos privados, gestionados por empresas (Equifax Ibérica y Experian España respectivamente). Recogen deudas impagadas comunicadas voluntariamente por los acreedores. Su regulación se encuentra en el artículo 20 de la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018) y en el RGPD. El interesado puede ejercer directamente el derecho de supresión ante el fichero.

La CIRBE es un servicio público de carácter confidencial gestionado por el Banco de España, al que las entidades obligadas deben comunicar determinados riesgos crediticios. Todas las entidades financieras (bancos, cajas, establecimientos financieros de crédito) están legalmente obligadas a declarar los riesgos crediticios que superen determinados umbrales (actualmente 1.000 euros). La CIRBE no es una lista de morosos: recoge todos los riesgos vivos, incluyendo créditos al corriente de pago. Sin embargo, también refleja los riesgos dudosos o en mora, lo que puede perjudicar al deudor exonerado si no se actualiza correctamente.

El deudor puede solicitar la rectificación de los datos directamente a la entidad financiera que declaró el riesgo o presentar una reclamación ante el Banco de España para que la traslade a dicha entidad, responsable de actualizar la información.

¿Cómo afecta la CIRBE al deudor exonerado tras el EPI?

Tras la concesión de la EPI, las deudas exoneradas quedan extinguidas legalmente. Sin embargo, si la entidad financiera acreedora no actualiza la información en la CIRBE, el Banco de España puede seguir mostrando esos riesgos como vivos o en mora.

Las consecuencias prácticas son significativas:

Denegación de nuevos créditos e hipotecas. Los bancos consultan la CIRBE antes de conceder financiación. Si aparecen riesgos dudosos asociados al exonerado, la entidad puede rechazar la operación aunque la deuda esté legalmente extinguida.

Mantenimiento del estigma de insolvencia. La CIRBE puede reflejar la existencia del concurso de acreedores durante años si la información no se depura.

Posible vulneración del derecho al honor. La Audiencia Provincial de Zaragoza, en sentencia 108/2025, declaró que el mantenimiento de datos en la CIRBE que generan un efecto de exclusión crediticia tras la EPI puede constituir ilegítima intromisión en el derecho al honor (art. 18.1 CE; art. 7.7 LO 1/1982).

¿Cómo rectificar la CIRBE después del EPI?

El procedimiento para corregir la información de la CIRBE tras la exoneración sigue estos pasos:

  • Obtener el informe CIRBE. El deudor puede solicitar gratuitamente su informe CIRBE al Banco de España a través de su sede electrónica (www.bde.es). El informe detalla qué entidades han declarado riesgos y el importe y clasificación de cada uno.
  • Identificar las entidades con datos desactualizados. Una vez identificadas qué entidades mantienen declaraciones incorrectas tras la EPI, el deudor debe dirigirse a cada una por escrito, adjuntando el auto judicial de exoneración con nota de firmeza, y solicitando la actualización o cancelación de la declaración en la CIRBE.
  • Reclamar ante el Banco de España si la entidad no actúa. Si la entidad financiera no actualiza la información en un plazo razonable, el deudor puede presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (art. 30 Ley 44/2002). El Banco de España puede requerir a la entidad la corrección de los datos inexactos.
  • Acción judicial si persiste el perjuicio. Si la información incorrecta ha causado un daño acreditado (denegación de hipoteca, pérdida de contrato, etc.), puede ejercerse una acción civil por vulneración del derecho al honor con solicitud de indemnización.

¿Es posible obtener una hipoteca o préstamo tras la LSO con CIRBE?

Sí, aunque con condicionantes. Tras la EPI, el deudor recupera legalmente su capacidad de endeudamiento. El acceso a nueva financiación depende de:

Que la CIRBE esté correctamente actualizada y no refleje riesgos extinguidos.

Que hayan transcurrido los plazos de cancelación de ficheros privados (ASNEF/Badexcug).

Que el deudor haya reconstruido su capacidad económica: ingresos estables, contrato de trabajo, etc.

En la práctica, muchas entidades financieras tradicionales mantienen políticas restrictivas frente a deudores que han pasado por un concurso. Sin embargo, existe un mercado de financiación alternativa (cooperativas de crédito, préstamos hipotecarios con avalistas, financiación entre particulares) al que el exonerado puede acceder una vez depurados los registros. No existe un plazo legal específico para acceder a financiación convencional tras la exoneración. La concesión dependerá de los criterios de riesgo de cada entidad financiera y de la solvencia del solicitante.

El equipo de ALTALEY Abogados y Economistas orienta a los clientes exonerados en la gestión completa de su historial crediticio post-concurso.

Autor: Departamento Jurídico — ALTALEY Abogados y Economistas Área de práctica: Ley de Segunda Oportunidad / Derecho Bancario Publicado: 21/10/2026 — Última revisión: 21/10/2026

Preguntas Frecuentes

¿La CIRBE y ASNEF son lo mismo?

No. La CIRBE es un registro público obligatorio gestionado por el Banco de España conforme a la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Recoge todos los riesgos crediticios declarados por entidades financieras (incluidos créditos al corriente de pago) y no es una lista de morosos. ASNEF y Badexcug son ficheros privados de morosidad gestionados por Equifax y Experian respectivamente, que recogen deudas impagadas. Los procedimientos para corregir la información en cada uno son distintos: en ASNEF/Badexcug se ejerce el derecho de supresión del RGPD directamente ante el fichero; en la CIRBE, la corrección se solicita a la entidad financiera que declaró el riesgo.

¿Puedo pedir una hipoteca después de obtener el EPI?

Sí, recuperar la capacidad de endeudamiento es uno de los efectos legales de la EPI. No existe un plazo legal específico para acceder a financiación convencional tras la exoneración. La concesión dependerá de los criterios de riesgo de cada entidad financiera y de la solvencia del solicitante.

¿Qué puedo hacer si el banco no actualiza mi información en la CIRBE?

Si la entidad financiera no corrige la información de la CIRBE tras recibir el auto de EPI firme, el deudor puede presentar una reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España (art. 30 Ley 44/2002), que puede requerir a la entidad la actualización de los datos. Si el mantenimiento de información incorrecta ha causado un perjuicio acreditado (denegación de crédito, daño moral), puede ejercerse una acción civil por vulneración del derecho al honor conforme a la LO 1/1982.

¿Cuánto tiempo permanece el concurso de acreedores en la CIRBE?

La CIRBE refleja los riesgos declarados por las entidades con una periodicidad mensual. Cuando la entidad financiera comunica correctamente la actualización de un riesgo afectado por la exoneración, la CIRBE debe reflejar la información actualizada conforme a sus procedimientos y plazos de declaración. No existe un plazo mínimo de permanencia en la CIRBE una vez que la entidad ha comunicado correctamente la cancelación, a diferencia de los ficheros privados que aplican sus propios plazos.

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