Proceso de Desheredación

CLASES DE TESTAMENTOS:

Testamentos comunes

• Testamento ológrafo.

• Testamento abierto.

• Testamento cerrado.

Testamentos especiales

• Testamento militar.

• Testamento marítimo.

• Y el hecho en país extranjero.

Es importante dejar claro que el testamento otorgado puede ser revocado en cualquier momento, y que una persona puede hacer testamento las veces que quiera.

Nuestros abogados te ayudarán en todos los trámites y te asesorarán en la manera más fácil de hacer testamento, según tus indicaciones.

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PROCESO DE DESHEREDACIÓN:

La herencia es el conjunto de bienes que deja una persona a su fallecimiento.

La legítima es la parte de esos bienes que se reservan a los herederos forzosos.

Así pues, parte de los bienes pueden ser heredados por las personas que la ley dispone como herederos forzosos y parte podrán ser heredaros por extraños y que no formen parte de la familia, sino que sean personas que determine por propia voluntad, el testador.

Por lo tanto, para desheredar a una persona que no sea heredero forzoso y por lo tanto no tiene derecho a la legítima, basta con no incluirla en el testamento. Sin embargo, desheredar a herederos forzosos es un proceso distinto, en virtud del cual, el testador puede privar al heredero forzoso de su legítima, siguiendo las pautas que marca la ley.

Según el Código Civil son herederos forzosos:

• Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

• A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

• A falta de los anteriores, el viudo o la viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

Para poder llevar a cabo la desheredación deben concurrir los siguientes requisitos:

1. Realizarse en testamento

2. Hacerse expresamente y fundarse en alguna de las causas fijadas en la ley. Se debe indicar al legitimario al que se quiere desheredar con total claridad.

3. La causa debe ser cierta y estar prevista en la ley.

Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes:

Negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.

Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente que le deshereda.

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